miércoles, 12 de febrero de 2014

opción de pago anticipado en los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado



En esta resolución se establecen las condiciones generales para regular la opción de pago anticipado en los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado.

Mediante la opción de pago anticipado, el usuario pagaría previamente por el consumo que está en capacidad de pagar y los metros cúbicos consumidos serán los que efectivamente canceló previamente, para lo cual deberá contar un medidor especial para el efecto.
La opción de pago anticipado tiene por finalidad que los suscriptores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado tengan
acceso al servicio, de acuerdo con sus recursos, en condiciones de calidad y continuidad.


Comentario Zona Ambiental.

A través de varios pronunciamientos la Corte Constitucional ha dejado claro que a los ciudadanos se les debe garantizar un mínimo vital en los servicios públicos domiciliarios.  Mandato de la Corte que hasta el momento no se ha cumplido. 

Con esta resolución aprobada para nadie es un secreto que lo que se busca es proteger al operador y  los operadores y en consecuencia amarrar a los usuarios con el pago anticipado, es decir si no cargan la tarjeta se quedan sin agua.


 

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